Nueva Ley 27.444 que defiende el derecho de los consumidores a recibir la información en papel.

El 19 de junio fue publicada la ley 27.444 de Simplificación y desburocratización para el desarrollo productivo de la Nación, que en su artículo 134 deroga el capítulo XXII del Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo que priorizaba el envío de las comunicaciones entre clientes y/o beneficiarios de servicios públicos, bancos, tarjetas de crédito y demás servicios privados por correo electrónico.

Por lo tanto, vuelve a tomar vigencia la ley 27.250 que en su artículo 4º expresa:

«La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada en soporte físico, con claridad necesaria que permita su comprensión. Solo se podrá suplantar la comunicación en soporte físico si el consumidor o usuario optase de forma expresa por utilizar cualquier otro medio alternativo de comunicación que el proveedor ponga a disposición.»

Por lo cual, las comunicaciones de Bancos, entidades financieras, tarjetas de crédito y toda otra prestadora de servicios privados y estatales vuelven a estar comprendidas según lo dispuesto por la ley 27.250.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina.

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